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Derechos del inquilino ante un desahucio en Granollers: cómo defenderse paso a paso

Derechos del inquilino ante un desahucio en Granollers: plazos, enervación del pago, oposición judicial y ayudas disponibles para defenderse.

CComité editorial — Desahucio📅 18/06/2026🔄 18/06/2026⏱️ 5 min

Un inquilino frente a un desahucio en Granollers no está indefenso: la ley le reconoce plazos para pagar o desalojar, la posibilidad de paralizar el juicio abonando la deuda (enervación), el derecho a oponerse ante el juzgado y, si acredita falta de recursos, el acceso a la justicia gratuita. Conocer estos mecanismos con tiempo es lo que marca la diferencia entre perder la vivienda de forma precipitada o ganar margen para encontrar una solución.

El procedimiento se rige fundamentalmente por la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU), y por la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), con las modificaciones introducidas por sucesivos reales decretos-ley de protección social y por la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda.

¿Qué situaciones pueden terminar en un desahucio?

Desahucio por falta de pago de la renta

Es la causa más habitual. El artículo 27.2.a) de la LAU permite al arrendador resolver el contrato cuando el inquilino deja de abonar la renta o cantidades asimiladas (comunidad, suministros pactados, etc.). El propietario suele enviar antes un requerimiento fehaciente, normalmente mediante burofax, aunque la ley no exige que la demanda espere a un número concreto de mensualidades impagadas.

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Desahucio por expiración del contrato

Cuando finaliza la duración pactada y las prórrogas legales previstas en los artículos 9 y 10 de la LAU, y no hay acuerdo de renovación, el propietario puede reclamar la vivienda. Conviene revisar con cuidado las fechas del contrato, porque un error de cómputo del propietario puede ser motivo de oposición.

Pérdida de la vivienda por ejecución hipotecaria

Si el propietario deja de pagar su hipoteca y el banco ejecuta la vivienda, el inquilino con contrato inscrito en el Registro de la Propiedad o que pueda acreditar su situación conforme a la Ley 1/2013 puede mantener ciertas garantías de permanencia. Estas protecciones se han ido prorrogando y modificando por distintos reales decretos-ley, por lo que es importante comprobar con un profesional cuál es la redacción vigente en el momento concreto.

Cómo se tramita el desahucio y qué plazos maneja el juzgado

Los asuntos de arrendamientos del partido judicial de Granollers se tramitan ante los Juzgados de Primera Instancia de Granollers, que conocen de los juicios verbales de desahucio regulados en los artículos 440 y siguientes de la LEC.

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El requerimiento judicial de pago

Una vez admitida la demanda, el juzgado requiere al inquilino para que, en el plazo de diez días hábiles, pague la deuda, desaloje la vivienda, o se oponga alegando las razones por las que considera que no debe la cantidad reclamada o que ya ha pagado. Este plazo está fijado en el artículo 440.3 de la LEC.

La enervación de la acción: pagar para paralizar el proceso

El artículo 22.4 de la LEC permite al inquilino detener el desahucio si paga toda la deuda y las costas procesales antes de la vista. Esta posibilidad, conocida como enervación, solo puede utilizarse una vez por el mismo contrato, salvo que el impago anterior no fuera imputable al inquilino. Si ya se utilizó en un procedimiento previo por la misma causa, el juzgado no admitirá una segunda enervación.

La oposición y la vista

Si el inquilino no paga ni desaloja, puede oponerse por escrito alegando, por ejemplo, que ya pagó, que la cantidad reclamada es incorrecta, o defectos en el requerimiento previo. En ese caso se señala vista y el juzgado dicta sentencia, que normalmente es firme y de ejecución rápida salvo recurso en los casos que la ley lo permite.

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Qué puede hacer el inquilino para defenderse

Pedir asistencia jurídica gratuita

Si los ingresos del inquilino no superan los umbrales fijados por la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, puede solicitar abogado y procurador de oficio a través del Il·lustre Col·legi d'Advocats de Granollers. Es recomendable solicitarlo en cuanto se recibe la demanda, porque el plazo de diez días para contestar sigue corriendo.

Acreditar una situación de vulnerabilidad

Cuando el arrendador es un gran tenedor de vivienda, la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, exige que se acredite haber intentado un procedimiento de conciliación o intermediación previo cuando el inquilino se encuentra en situación de vulnerabilidad. Además, distintos reales decretos-ley han previsto en los últimos años la posibilidad de suspender el lanzamiento mientras se valora esa vulnerabilidad, con intervención de los servicios sociales. Como estas medidas se han ido prorrogando y modificando, conviene verificar con un abogado si siguen vigentes en el momento del procedimiento.

Negociar un aplazamiento o un plan de pago

Antes de llegar a la vista, suele ser posible negociar con el propietario un calendario de pago de la deuda o una salida ordenada de la vivienda con más tiempo del que marca la ley. Muchos procedimientos se resuelven de este modo, sin necesidad de agotar todas las fases judiciales.

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Acudir a los recursos municipales de vivienda

El Ajuntament de Granollers cuenta con servicios sociales municipales y con una oficina de vivienda a la que puede acudirse para solicitar informes de vulnerabilidad, mediación con el propietario o información sobre ayudas al alquiler. En Cataluña, además, existe la Mesa de valoración de situaciones de emergencia habitacional de la Generalitat, que puede intervenir en determinados casos de riesgo de pérdida de la vivienda habitual.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo desde que me notifican la demanda hasta que me pueden desalojar?

Depende de cada procedimiento: tras el requerimiento tiene diez días hábiles para pagar, desalojar u oponerse, y si el asunto llega a vista y sentencia, el lanzamiento se fija en una fecha posterior que el juzgado comunica con antelación. No hay un plazo único válido para todos los casos.

¿Puedo quedarme en la vivienda si pago toda la deuda antes del juicio?

Sí, mediante la enervación de la acción prevista en el artículo 22.4 de la LEC, siempre que no la haya utilizado ya anteriormente para el mismo contrato y pague también las costas generadas.

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¿Qué pasa si no puedo pagar un abogado?

Puede solicitar asistencia jurídica gratuita conforme a la Ley 1/1996 si cumple los requisitos económicos, tramitándolo a través del Il·lustre Col·legi d'Advocats de Granollers.

¿Sirve de algo alegar que tengo hijos menores o una discapacidad?

Puede ser relevante para solicitar la intervención de servicios sociales y, en los casos previstos por la normativa vigente, para pedir la suspensión temporal del lanzamiento mientras se valora la situación de vulnerabilidad, aunque no impide por sí solo la resolución del contrato.

¿Puedo recurrir la sentencia de desahucio?

En los juicios verbales de desahucio por falta de pago, la posibilidad de recurso está limitada por la LEC en función de la cuantía y las circunstancias del caso, por lo que conviene que un abogado revise la sentencia concreta antes de descartar o intentar esa vía.

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