Si estás buscando un abogado arrendamientos, probablemente te encuentras en una de estas situaciones: tu inquilino no paga la renta y necesitas iniciar un desahucio, has recibido una demanda como arrendatario y no sabes cómo defenderte, o quieres redactar un contrato de alquiler que te proteja frente a futuros conflictos. En cualquiera de estos casos, contar con asesoramiento legal especializado marca la diferencia entre resolver el problema en semanas o arrastrarlo durante meses.
El derecho de arrendamientos en España combina la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) con la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para los aspectos procesales de desahucio y ejecución. Un abogado especializado en esta materia conoce ambas normativas y sabe cómo aplicarlas tanto desde la perspectiva del propietario como del inquilino.
¿Qué hace exactamente un abogado de arrendamientos?
Un abogado de arrendamientos interviene en todo el ciclo de la relación de alquiler: desde la redacción y revisión de contratos hasta la resolución de conflictos por impago, la tramitación de demandas de desahucio y la defensa de inquilinos frente a lanzamientos judiciales. También asesora en materia de fianzas, actualización de rentas, subidas del IPC, obras de conservación y resolución anticipada de contratos.
Servicios más solicitados
- Redacción y revisión de contratos de alquiler de vivienda y locales comerciales
- Tramitación de demandas de desahucio por falta de pago
- Defensa del inquilino frente a demandas de desalojo vivienda
- Negociación de acuerdos de pago o salida pactada
- Asesoramiento en paralización desahucio cuando existen causas de vulnerabilidad
- Gestión de la ejecución hipotecaria cuando el arrendador pierde la propiedad
¿Cómo funciona el procedimiento de desahucio en España?
El proceso de desahucio por falta de pago se tramita como un juicio verbal regulado en la LEC. De forma orientativa, las fases son las siguientes:
1. Demanda de desahucio
El propietario, a través de su abogado, presenta la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se ubica la vivienda. Se puede acumular la reclamación de las rentas adeudadas junto con la petición de desalojo.
2. Requerimiento al inquilino
El juzgado notifica al arrendatario, que dispone de un plazo orientativo de diez días hábiles para pagar la deuda, oponerse a la demanda o abandonar la vivienda voluntariamente. Esta es la llamada